Picún Leufú, 15 de septiembre de 2026. — Una denuncia vecinal puso nuevamente bajo la lupa la situación ambiental en un sector del lago Ezequiel Ramos Mexía, en la zona conocida como Álamo Guacho, en Picún Leufú.
El planteo fue aportado por Clemente Casamajouese, referente de Unidad Popular en Picún Leufú, quien señaló la existencia de un canal a cielo abierto que conduciría efluentes desde las inmediaciones del establecimiento Las Taperitas S.A. hacia un sector próximo al lago. Según la denuncia, el canal se encontraría aproximadamente a 700 metros del área donde se produciría su llegada al cuerpo de agua.
La situación fue expuesta mediante un registro audiovisual realizado en el lugar, en el que se observa el canal y su recorrido en las inmediaciones del alambrado que delimita el establecimiento con el sector de acceso público.
El registro audiovisual
El video que acompaña esta publicación muestra el sector señalado en la denuncia y permite observar el canal a cielo abierto y su recorrido en las inmediaciones del establecimiento.
Un emprendimiento agroganadero con antecedentes ambientales
Las Taperitas S.A. desarrolla en Picún Leufú un emprendimiento agroganadero que incluye engorde a corral de ganado vacuno, producción de forrajes y forestación.
La propia Provincia del Neuquén informó que el proyecto contempla 20 corrales de engorde, corrales de recepción y enfermería, además de infraestructura productiva, canales y un sistema destinado al manejo de los efluentes, junto con el riego de una forestación.
El proyecto denominado “Feedlot Las Taperitas” fue sometido a una audiencia pública ambiental. La documentación oficial describe un sistema de manejo de efluentes mediante canales y lagunas sedimentadoras, con posterior utilización del agua para el riego de una forestación. También contempla medidas de gestión ambiental, entre ellas una red de freatímetros y el manejo del estiércol y de los animales muertos.
La relación territorial entre el establecimiento y el cuerpo de agua también aparece en documentación oficial. En 2014 la Provincia adjudicó a Las Taperitas S.A. una parcela de 1.667 hectáreas lindera al embalse Ezequiel Ramos Mexía.
La denuncia pide controles y análisis
El punto central del reclamo no es solamente la existencia del canal, sino determinar qué contiene el agua que circula por él y cuál es su destino efectivo.
Por ese motivo, el planteo reclama la intervención de los organismos ambientales correspondientes, una inspección del sector y la realización de muestreos y análisis de agua y, eventualmente, de sedimentos, para establecer si existe contaminación, qué sustancias podrían estar presentes y cuál sería su origen.
Hasta el momento, y de acuerdo con la información disponible, no corresponde afirmar técnicamente que el lago esté contaminado ni atribuir una contaminación a Las Taperitas S.A. sin los análisis correspondientes. La existencia de un canal y de un sistema de manejo de efluentes está documentada; la composición del agua y una eventual afectación del lago requieren constatación técnica.
Un lugar de importancia para la comunidad
La zona del Álamo Guacho, en las inmediaciones del lago Ezequiel Ramos Mexía, es reconocida por vecinos de Picún Leufú como un espacio de pesca, recreación y encuentro comunitario.
La preocupación expresada por los vecinos se relaciona, por lo tanto, no solamente con el posible impacto ambiental, sino también con la preservación de un sector utilizado históricamente por la comunidad.
El reclamo plantea la necesidad de que los organismos competentes determinen con precisión qué ocurre con el canal, qué tipo de efluentes transporta, si su funcionamiento se encuentra contemplado dentro de las autorizaciones ambientales vigentes y cuál es su relación con el lago.
El marco legal
El derecho a un ambiente sano tiene jerarquía constitucional. El artículo 41 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes tienen derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, y establece el deber de preservarlo. También dispone que el daño ambiental genera prioritariamente la obligación de recomponer.
En el ámbito provincial, la Ley 1875 de la Provincia del Neuquén establece como objeto la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en todo el territorio provincial y contempla, entre sus finalidades, la utilización racional del suelo, el agua, la flora, la fauna y otros recursos naturales.
La normativa provincial también establece competencias de control y prevención respecto de actividades que puedan ocasionar degradación ambiental y sobre el uso racional y la protección de los recursos naturales.
Qué se pide esclarecer
La denuncia plantea, en definitiva, una serie de preguntas que requieren respuestas oficiales:
- ¿Cuál es el origen del agua que circula por el canal?
- ¿Qué tipo de efluentes transporta?
- ¿El canal forma parte del sistema de manejo de efluentes autorizado para el establecimiento?
- ¿Dónde termina exactamente su recorrido?
- ¿Existe comunicación efectiva con el lago Ezequiel Ramos Mexía?
- ¿Se realizaron controles y análisis recientes?
- ¿Qué resultados arrojaron esos controles?
- ¿El funcionamiento observado se corresponde con el sistema ambiental presentado y aprobado para el emprendimiento?
La respuesta a esas preguntas debería surgir de una inspección oficial, documentación ambiental y análisis de laboratorio, más que de apreciaciones visuales.
Este informe de AIRES NUEVOS NQN se realiza bajo la garantía constitucional de libertad de expresión y prensa (Art. 14 de la Constitución Nacional y Ley 26.032).























