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MEDIDA CAUTELAR

La Justicia ordenó al BPN frenar descuentos sobre el salario de una docente

El Juzgado Civil N.º 5 dispuso una medida interina para que el Banco Provincia del Neuquén se abstenga de realizar descuentos sobre la cuenta donde se acreditan los haberes de una trabajadora, mientras se resuelve el planteo cautelar.

Edificio del Banco Provincia del Neuquén
Banco Provincia del Neuquén.

Neuquén, viernes 11 de septiembre de 2026.-

El Juzgado Civil N.º 5 de Neuquén dispuso una medida cautelar interina contra el Banco Provincia del Neuquén (BPN) y ordenó que se abstenga de realizar descuentos sobre la cuenta bancaria donde se acreditan los haberes de una trabajadora, hasta tanto se resuelva el pedido de tutela anticipada planteado en el expediente.

La resolución fue dictada en el marco de una acción de amparo iniciada contra el Banco de la Provincia del Neuquén S.A., identificada como Expte. JNQCI5-568367/2026.

De acuerdo con la resolución judicial, la documentación incorporada al expediente permite acreditar, en principio, que la parte actora posee una cuenta sueldo en el BPN y que allí se depositan sus haberes. El tribunal consideró que, por tratarse de ingresos de naturaleza alimentaria, existe un riesgo inminente de afectación que justifica la adopción de una medida provisoria.

La medida dispuesta por el juzgado

El expediente analiza una solicitud de medida cautelar anticipatoria. La resolución explica que este tipo de medidas requiere, entre otros elementos, la existencia de una probabilidad suficiente del derecho invocado y una situación de urgencia que permita advertir un riesgo de daño irreparable o de difícil reparación posterior.

Como regla general, las medidas cautelares deben respetar la bilateralidad y permitir que la parte demandada sea oída. Sin embargo, el Código Procesal contempla la posibilidad de disponer una medida interina cuando existen circunstancias graves que justifican una protección inmediata.

En este caso, el juzgado señaló que no contaba todavía con información suficiente para determinar la naturaleza y el origen de las deducciones efectuadas sobre la cuenta bancaria.

Por ese motivo, y mientras se analiza la procedencia de la medida anticipatoria solicitada, ordenó al BPN que se abstenga inmediatamente de efectuar descuentos en la cuenta donde se acreditan los haberes de la trabajadora.

La resolución también dispone el envío de un oficio al Banco Provincia del Neuquén para comunicar formalmente la medida.

El BPN cuenta además con un plazo de tres días para responder el planteo cautelar, conforme lo establecido por el juzgado.

El planteo sobre el salario

La resolución judicial pone el foco en la cuenta en la que se depositan los haberes de la trabajadora y en el carácter alimentario del salario.

La medida interina no implica, por sí misma, una definición definitiva sobre la legalidad o ilegalidad de los descuentos cuestionados. El juzgado deberá analizar el planteo cautelar y las posiciones de las partes antes de resolver la cuestión de fondo.

En ese sentido, la orden vigente tiene carácter provisorio y busca evitar que continúe una situación que, según la presentación realizada, podría generar un perjuicio de difícil reparación.

La explicación de Estudio Mariano Mansilla y Asociados

La resolución fue difundida junto con un video compartido por Estudio Mariano Mansilla y Asociados, desde donde se explicó el alcance del caso.

Según manifestó el estudio, se trata de una trabajadora estatal, docente, cuyo salario es depositado en el Banco Provincia del Neuquén. Desde esa fuente sostuvieron que se habían realizado descuentos sobre la totalidad del dinero acreditado y que la trabajadora había quedado sin acceso efectivo a esos fondos.

El estudio jurídico planteó además que los bancos y el sistema financiero deben respetar la naturaleza alimentaria de los salarios y señaló que la medida judicial representa una primera respuesta frente al reclamo presentado.

El video también convoca a trabajadores que atraviesen situaciones similares a buscar asesoramiento jurídico o recurrir a sus organizaciones sindicales, llevando documentación como recibos de sueldo o movimientos de la cuenta bancaria.

El expediente continúa

La medida adoptada por el Juzgado Civil N.º 5 es una decisión interina dentro de un proceso de amparo. El banco deberá responder el planteo cautelar y, posteriormente, el juzgado deberá resolver sobre la tutela anticipada solicitada.

La resolución también establece obligaciones procesales para la parte actora vinculadas con el pago de la tasa de justicia, aportes profesionales y otros conceptos correspondientes al trámite del expediente.

Documento judicial

La resolución completa puede consultarse en la ficha correspondiente de Documentos e Informes de AIRES NUEVOS NQN, donde se conserva el documento judicial original.

Consultar la resolución judicial completa en Documentos e Informes

Video

Estudio Mariano Mansilla y Asociados explicó el alcance de la medida judicial:

Fuentes

  • Resolución del Juzgado Civil N.º 5 de Neuquén, Expte. JNQCI5-568367/2026.
  • Estudio Mariano Mansilla y Asociados.

Este informe de AIRES NUEVOS NQN se realiza bajo la garantía constitucional de libertad de expresión y prensa (Art. 14 de la Constitución Nacional y Ley 26.032).

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